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Términos y Condiciones

SERVICIO DE COURIER INTERNACIONAL CONDICIONES GENERALES

1. El remitente es el único responsable de la declaración de contenido y del buen embalaje de la carga. Cualquier problema en la aduana en destino recaerá directamente en el remitente que no hubiere declarado el total del contenido, debiendo asumir pagos por multas, demoras, bodegas, y otros que genere en destino.

2. Materias peligrosas: De acuerdo con las normas internacionales e independientemente de las que cada país establece específicamente, no se aceptan aquellas mercancías denominadas “peligrosas” tales como: combustibles, ácidos, radioactivos, explosivos, armas, etc. El envío de líquidos en el servicio (Courier) está limitado en función del destino, naturaleza y cantidad, por lo que será necesario consultar detalles con nuestro departamento de Atención al Cliente. Los gases (ya sean líquidos o no), están prohibidos para su transporte.

3. Prohibiciones: DRAGO EXPRESO, no aceptará para su envío: joyas, piedras y materiales preciosos, dinero, moneda extranjera, billetes bancarios, acciones, instrumentos de pago (tarjetas de crédito sin firmar, cheque, tarjetas de teléfono, letras de cambio, cheques al portador, etc.), así como el documento que permita cualquier pago, animales vivos o muertos, armas, drogas, piezas de arte, mercancía que requiera un control de temperatura, publicaciones escritas o audiovisuales prohibidas por la ley, plantas, material peligroso, prendas de piel, presentaciones a concurso, así como mercancías prohibidas por las Autoridades aduaneras en el territorio. Para todo litigio que pudiera sobrevenir entre las partes, está acordada la sola competencia de los Tribunales mexicanos, que trata litigios comerciales, sea cual sea el origen o destino de los envíos.

4. Embalaje: el embalaje será siempre responsabilidad exclusiva del cliente. En el caso de que DRAGO EXPRESO, lo considere insuficiente, indicado por la agencia, podrá rechazar el envío. En ningún caso la aceptación de un envío implica responsabilidad alguna por parte de DRAGO EXPRESO, respecto a la idoneidad del embalaje, si bien podrá rechazar cualquier envío cuyo embalaje se evidencie como insuficiente o inadecuado.

5. Retrasos no imputables a la Agencia: la no entrega de la mercancía transportada por ausencia o rehúse del destinatario, deficiencia de sus datos o impago de las cantidades derivadas del porte realizado (portes, seguros, tributos, gastos, etc.), será responsabilidad del remitente, quién vendrá obligado a soportar, a su cargo todos los gastos de dicha incidencia incluidos, en su caso, los gastos del retorno a origen o posteriores entregas, y la repercusión del seguro correspondiente. Tampoco serán imputables hechos de la naturaleza, tales como desastres naturales, accidentes aéreos o navieros, el hecho de los enemigos públicos (piratas y/o delincuentes), la detención o embargo por soberano, autoridades o pueblos o embargo judicial, la restricción de cuarentena, la huelga o la interrupción en el Trabajo, los motines o perturbaciones Civiles, Guerra de guerrilla, guerra civil, poder militar o usurpación de poder, etc. Así como demoras en aduanas por hecho no imputables a DRAGO EXPRESO.

6. Seguro valor declarado: El remitente podrá solicitar de la agencia la contratación con la compañía de seguros que ésta estime oportuno, de un seguro suplementario que cubra, la pérdida total del paquete. El precio de este seguro será del 5% del valor declarado en la declaración jurada. De no contratarse este seguro, serán de aplicación en todo caso, los límites de responsabilidad contractual reseñados en los diferentes servicios. Lo anterior no se verá alterado por la necesaria presentación de documentos en que, para realizar el tránsito de mercancía, venga referida a su valor o contenido, el cual será considerado como declaración extracontractual, y a efectos de gestión ante terceros.

7. Tiempo de tránsito: Los días de tránsito (días hábiles) son indicativos y corresponden al envío de carga desde la salida del medio de transporte PRINCIPAL y no de la recogida, las demoras no imputables a la empresa podrán prorrogar el plazo hasta que deje de subsistir el impedimento. En temporadas altas (vacaciones de verano y época decembrina) así como en Régimen de Cuarentena Obligatoria, nuestros tiempos de entrega pueden varias de acuerdo con la gran cantidad de carga recibida tanto en nuestro almacén principal, como por las aerolíneas o navieras, en muchos casos el tiempo de tránsito puede ser superior a los 20 días.

8. Plazos de reclamación: De conformidad con lo establecido en el Artículo 124 de la Ley sobre Navegación Aérea, la acción para exigir el pago de la indemnización por perdidas prescribe a los 10 días continuos, a contar desde la fecha de entrega del paquete. El tiempo de espera antes de proceder a efectuar la indemnización es de 21 días hábiles desde efectuado el reclamo. Deben ser por escrito al correo soporte@dragoexpreso.com. El citado plazo es improrrogable y su incumplimiento impedirá el ejercicio de las acciones correspondientes.

9. Límite de responsabilidad: La responsabilidad de la empresa es por perdida total del paquete. No cubrimos perdidas parciales.

10. Entrega final: Si el domicilio final es fuera del perímetro urbano o en zonas de riesgo, la entrega se realizará en oficinas; si es dentro de la zona urbana y el cliente lo solicita al momento de contratación del servicio será a domicilio, siempre y cuando las condiciones logísticas y de seguridad en el país de destino así lo permitan.

11. PROTECCIÓN DE DATOS – Responsable: DRAGO EXPRESO Finalidad del tratamiento. Cumplir con nuestra relación comercial. Conservación de los datos. Una vez cumplida la relación comercial, se devolverán los datos, aunque podrán conservarse, debidamente bloqueados, en tanto pudieran derivarse responsabilidades de la relación comercial. Destinatarios. No se cederán datos a terceros salvo obligación legal. Derechos. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitar el tratamiento de sus datos, o directamente oponerse al tratamiento, o ejercer el derecho a la portabilidad de estos. Todo ello, mediante escrito, acompañado de copia de documento oficial que le identifique, dirigido al RESPONSABLE del fichero.